La sentencia del supremo elimina este carácter de adroctinamiento a través de su artículo número 10 en el que se dice: "El hecho de que la materia Educación para la Ciudadanía se ajusta al Derecho y que el deber jurídico de cursarla sea valido, no autoriza a la administración educativa, ni a los centros ni profesores a imponer, inculcar aunque sea de manera indirecta puntos de vista determinados sobre cuestiones morales controvertidas".
Por lo tanto, gracias a este artículo el Gobierno no tendrá manera de inculcar sus puntos de vista acerca de temas como el matrimonio homosexual, la ideología de género, la cultura de la muerte, es decir, la liberación del aborto y de la eutanasia, o sus preferencias en cuanto a posiciones ideológicas. Una cuestión que según el director de La Linterna, César Vidal, "hace que la asignatura quede tan recortada que al Gobierno puede que no le interese seguir impartiéndola". No obstante, esta sentencia hace que los padres objetores vayan a tener mucho trabajo, ya que estos deberán controlar a las administraciones, a los centros, a los profesores y a las editoriales para que no violen esta sentencia.