MÉXICO: INICUA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.

El dictamen dice apoyarse en los tratados internacionales, que en ningún caso han definido ni reconocen el mentado derecho a la preferencia sexual, ni a la orientación sexual. A la vez, el documento adopta la antijurídica teoría del carácter evolutivo de los derechos humanos que circula en ambientes de la ONU, y que ya ha sido plasmada en algunos documentos como los informes del Comité de Seguimiento de la CEDAW. Dicha teoría justifica la reinterpretación de los derechos humanos, es decir, su perversión, para imponer los pseudo derechos al aborto, a la esterilización y al reconocimiento social y jurídico de la homosexualidad, al margen de la letra de los convenios internacionales.

“En el proceso evolutivo de los derechos humanos, las naciones han ido creando la normatividad que en el ámbito internacional se requiere para fortalecerlos, como han sido: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros”, se lee en el documento.

Insistimos que, en ninguno de los tratados mencionados, aparecen referencias a la preferencia sexual, y, mucho menos, al carácter evolutivo de los derechos humanos.

Conviene aclarar también, que los documentos finales de la Conferencias Internacionales, las recomendaciones de los comités de seguimiento de los tratados internacionales, etc., citados por el feminismo y el lobby gay entre los convenios de derechos humanos, no forman parte de cuerpo de tratados internacionales de derechos humanos.